- Gestión de convenios
- 1. Principios generalesMore
El objeto del convenio es el logro de un fin público sin perjuicio de que una entidad o particular como parte del convenio pueda tener también el interés de obtener de la firma del convenio una ventaja para sí mismo, patrimonial o no, pero sin que en ningún caso prevalezca este posible elemento patrimonial. Para ello se definen los siguientes principios generales para la firma de convenios:
· El intercambio patrimonial, si existe, es secundario
· No existe la contraprestación propia de un contrato
· Se trata de administrar de otra forma, con los beneficios de la actividad consensuada
· Mejora la eficiencia de la gestión pública
· Facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos
· Contribuye a la realización de actividades de utilidad pública
· Cumple con la estabilidad presupuestaria
· Existe capacidad de financiación durante la vigencia del convenio
· Las aportaciones financieras comprometidas no superan los gastos de ejecución
- 2. Objeto del convenioMore
La FINBA podrá celebrar convenios que faciliten el cumplimiento de objetivos estratégicos del Instituto de Investigación Sanitaria del Principado de Asturias (ISPA) y de la propia Fundación, a través de la realización conjunta de las siguientes actividades que constituyen el objeto de convenio
Actividades
Objetivos del ISPA
Proyectos y actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación.
Priorizar líneas estratégicas de investigación en salud y áreas de interés clínico Fomentar la colaboración y cooperación con otros grupos y redes de investigación
Fomentar la investigación biomédica de excelencia
Creación o financiación de centros, institutos, consorcios o unidades de investigación, e infraestructuras científicas. Potenciar alianzas con otros grupos de investigación para llevar a cabo una investigación traslacional Fomentar la colaboración y cooperación con otros grupos y redes de investigación
Financiación de proyectos científico-técnicos singulares. Favorecer la captación de fondos públicos y privados de financiación de la investigación. Formación de personal científico y técnico.
Fomentar la investigación biomédica de excelencia. Aumentar la masa crítica de científicos básicos y clínicos de tipo multidisciplinar.
Aproximar la investigación básica y clínica
Promover la formación profesional de todo el personal adscrito al Instituto
Divulgación científica y tecnológica. Promover e impulsar la difusión y aprovechamiento de los resultados de investigación básica y clínica Uso compartido de inmuebles, de instalaciones y de medios materiales para el desarrollo de actividades de investigación científica, desarrollo e innovación Garantizar el uso eficiente de las infraestructuras y recursos destinados a la investigación Promover plataformas de encuentro, análisis y debate interdisciplinar e intersectorial sobre I+D+i biosanitaria Aumentar la masa crítica de científicos básicos y clínicos de tipo multidisciplinar. Aproximar la investigación básica y clínica.
Gestionar la transferencia de resultados de investigación Potenciar alianzas con otros grupos de investigación para llevar a cabo una investigación traslacional. Acciones de intermediación que faciliten la sinergia entre comunidades científica, tecnológica y empresarial Establecer un nuevo modelo organizativo y alianzas - 3. Procedimiento de tramitaciónMore
Fase
Propósito
Responsables
Iniciativa Cualquier persona que forme parte del ISPA y/o FINBA, tanto a título personal como institucional (en este caso, será necesario especificar que se hace como tal). Será necesaria su correcta identificación. La iniciativa irá acompañada también de los datos referidos a la empresa o institución con la que se proponga la firma Promotor Persona o entidad
Contenido de la propuesta La petición de inicio de la tramitación irá acompañada de un borrador de convenio (modelos detallados en el anexo y disponibles en la web de FINBA) o de una descripción escrita del contenido que se promueve. Promotor Persona o entidad
Registro La petición de realización del convenio o acuerdo, se presentará en la Oficina Técnica de Gestión del ISPA-FINBA, que abrirá un expediente y dará un número de convenio. Oficina Técnica de Gestión Condiciones para la tramitación Como norma general, no se tramitará ningún convenio o acuerdo cuyo contenido exija un acuerdo previo del Consejo Rector del ISPA o Patronato de FINBA o de otros organismos, hasta que este no se produzca. Si no se cumpliese esta condición, se dará entrada a la propuesta, comunicando a la persona o entidad proponente la paralización de la tramitación hasta que se cumpla la condición señalada. Promotor Persona o entidad
Oficina Técnica de Gestión
Informes La Dirección de Gestión del ISPA-FINBA solicitará los informes que en cada caso considere necesarios, remitiendo el borrador de convenio o el contenido de la propuesta a los responsables de los centros afectados por el objeto del convenio, y solicitando respuesta en el plazo de quince días naturales. Dirección de Gestión Responsable de área, centro y unidad
Texto definitivo A partir de los informes, la Dirección de Gestión podrá: 1. Desechar la firma del convenio. En este caso, comunicará las causas al proponente.
2. Seguir con el procedimiento y proponer modificaciones al texto, hasta que sea aceptado por las partes.
Dirección de Gestión 2.1. En los casos en que se produzcan modificaciones importantes en el texto de los modelos utilizados, se solicitará al servicio jurídico de FINBA una valoración de las citadas modificaciones del texto
2.2. En los casos que sea condicionante un documento de convenio no formulado por el ISPA-FINBA (p.e.; consorcios nacionales e internacionales…), se solicitará al servicio jurídico de FINBA una valoración del documento integro.
3. Dar el texto por definitivo y solicitar la valoración de la dirección científica del ISPA para proceder con la gestión de firmas.
Dirección de Gestión Servicio Jurídico
Firma del convenio En ningún caso se fijará el momento de la firma antes de disponer del texto definitivo del convenio y la valoración de la dirección científica. Una vez que se disponga del texto definitivo y la valoración favorable de la dirección científica, en función de las características del convenio se procederá como sigue: - Para convenios………………... se fijará el procedimiento para la firma, que podrá ser mediante intercambio de originales o por acto público o privado.
Dirección de Gestión Dirección Científica
- Para convenios………………….. el documento se someterá a la aprobación por parte de la Junta de Gobierno de FINBA, cuya decisión favorable será adoptada por mayoría simple de los miembros. Este acuerdo podrá obtenerse de cada miembro de la junta por vía telemática sin necesidad de reunión presencial.
Junta de Gobierno - Para convenios………………….. el documento se someterá a la aprobación por parte de la Junta de Gobierno de FINBA, cuya decisión favorable adoptada por mayoría simple, vía presencial o telemática, deberá ser ratificada por el Consejo Rector del ISPA y el Patronato de FINBA.
Junta de Gobierno FINBA Consejo Rector ISPA
Patronato
La dirección invitará a participar en el acto de firma a las personas que hayan promovido el convenio o que sean responsables de las unidades afectadas de forma específica, así como a otras personas que puedan estar interesadas en él. Dirección de Gestión Mecanismo de comunicación Para agilizar la tramitación, se recomienda que las gestiones referidas a convenios y acuerdos se realicen a través del correo electrónico Todos los participantes Difusión y transparencia Este proceso, su procedimiento y el listado de todos los convenios firmados y activos deberán ser difundidos a través de las páginas web del ISPA y FINBA Responsable de Comunicación - 4. Documentación
- 5. Marco jurídicoMore
En tanto en cuanto la Fundación para la Investigación y la Innovación Biosanitaria de Asturias (FINBA) es una entidad jurídica privada que gestiona al Instituto de Investigación Sanitaria del Principado de Asturias (ISPA), participado por la Administración Pública, la Universidad pública y la Agencia Consejo Superior de Investigaciones Científicas, los convenios se regulan atendiendo al siguiente marco jurídico que se detalla en el anexo y se lista a continuación:
Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
Art. 34
Convenios
Estatutos de la Fundación para la Investigación e Innovación Biosanitaria de Asturias (FINBA)
Art. 7 Art. 8
Art. 11
Art. 30
Art. 34
Actividades Desarrollo de Actividades
Publicidad de Actividades
Dirección
Financiación
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP)
Art. 47 a 53
De los convenios
Puede consultar los artículos pertinentes en el siguiente documento (Anexo I)
- 6. Ámbito de aplicaciónMore
Se aplica a los convenios que se celebren con las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes, o las Universidades públicas, y con “sujetos de derecho privado” incluyendo a las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de Administraciones Públicas o con los particulares.